
El Gobierno español ha decidido afrontar el gravísimo problema de las familias desahuciadas por no poder pagar la hipoteca, pero, de momento, solo con la propuesta a los bancos de un catálogo de buenas prácticas de carácter voluntario. En el centro de la cuestión está el debate sobre la justicia de aplicar la dación en pago.
A la espera de si los bancos recogen el guante o el Gobierno se decide a tomar medidas concretas, bueno será rememorar el corto pero intenso camino que la dación en pago viene recorriendo en los últimos meses en España.
Desahucios y sentencias judiciales
Lo primero será recordar que el número de familias desahuciadas no deja de crecer. El último dato oficial, el del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), indica que los desahucios alcanzaban los 42.879 hasta el tercer trimestre de 2011. Entre julio y septiembre del pasado año, los procedimientos de desahucio solicitados en los juzgados españoles alcanzaron los 10.869, el 14,2% más que en el mismo periodo de 2010.
En el período 2007-2010, se han producido casi 300.000 ejecuciones de hipotecas en toda España debido a la imposibilidad de las familias para hacer frente a una hipoteca, en muchos casos concedidas por importes superiores al 80% del valor de tasación, una vez han perdido el empleo o han visto estancados sus salarios por la crisis.
Este elemento, el humano, es el primer argumento de quienes vienen defendiendo desde hace años la dación en pago, es decir, que la familia pueda dar la hipoteca por pagada con solo entregar el piso. En cualquier caso, eso significa muchas veces que una familia completa queda en la calle, sin deuda con el banco, pero sin techo
Algunos jueces lo han defendido en sus sentencias. La primera fue en Navarra, en enero de 2011. Un juzgado de primera instancia, avalado por la Audiencia Foral, defendió en su sentencia que entregar el piso al banco liquida la hipoteca.
Desde entonces ha habido varias sentencias más a favor de la dación. En julio, la Audiencia de Girona aceptó que una familia entregara su vivienda para saldar la hipoteca; y en la más reciente, un magistrado de Madrid ha admitido que una familia ya ha saldado la hipoteca que tenía firmada con su banco al haber entregado el piso en cuestión. La sentencia considera que lo contrario –entregar el piso pero seguir pagando al banco– sería un "enriquecimiento injusto".Es